La Junta de Decanos actúa bajo los siguientes principios:
- Independencia frente al Estado, a las autoridades políticas, judiciales y administrativas a nivel nacional y ajena a toda práctica de política partidaria;
- Defensa irrestricta de la justicia, el Estado Constitucional de Derecho y los derechos humanos.
- Compromiso firme por los derechos y reivindicaciones de la profesión de abogado;
- Solidaridad, igualdad, uniformidad, lealtad y fraternidad entre sus miembros;
- Participación democrática de sus miembros en las decisiones que se adopten;
- Igualdad de derechos y obligaciones de sus miembros, sin discriminación alguna.
La Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú, es una institución de derecho público interno, representativa de la profesión de abogado a nivel nacional, constituida por el Decreto Ley Nº 25982 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-93-JUS y se rige por el Código Civil, el presente estatuto y sus reglamentos. Su duración es de tiempo indefinido. En adelante se denominará la Junta de Decanos. Tiene como sede administrativa la ciudad de Lima y la sede funcional será la ciudad a cuyo Decano le corresponde ejercer el cargo de Presidente del Consejo Directivo.
Lunes a Viernes: de 9am a 7pm - Sábados: de 9am a 1pm
Dr. Roger Melendrez Morales
Decano del Colegio de Abogados de Ventanilla
-Dr. Oswaldo Aguilar Fernández
-Decano del Colegio de Abogados de Callao
Dr. Beeder Alvaro Coronel Peña
Decano del Colegio de Abogados de Selva Central
Dr. Edwin Flores Castillon
Decano del Colegio de Abogados de Puno
Dr. Jhony Peña Vinces
Decano del Colegio de Abogados de Tumbes
Estatuto Institucional JUDECAP
Directorio de Colegios de Abogados del Perú
Formulario de Mesa de Partes.
Convenio JUDECAP con PODER JUDICIAL2023
Convenio JUDECAP con MINJUSDH2023
"Convenio JUDECAP con LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA."2023
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